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Reforma a la Ley Federal del Trabajo: ¿Qué implica la nueva obligación de proporcionar sillas con respaldo?

  • marianoperezm
  • 14 jun 2025
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 7 jul 2025

Publicado en: Mariano Pérez Abogado | Derecho Laboral Empresarial


El pasado 19 de diciembre de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma los artículos 132, 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo, introduciendo una nueva obligación patronal: proporcionar asientos o sillas con respaldo para el personal en sectores determinados. Esta disposición, que entra en vigor el 17 de junio de 2025, busca proteger la salud física de las personas trabajadoras, prevenir riesgos ergonómicos y dignificar el entorno laboral.


¿Qué establece la reforma?


El nuevo texto legal impone obligaciones específicas:


  • Las personas empleadoras deberán proveer el número suficiente de sillas con respaldo en sectores como servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para que el personal pueda ejecutar sus funciones sentado o bien, tomar descansos periódicos.

  • En establecimientos industriales, esta obligación aplicará cuando lo permita la naturaleza del trabajo.

  • Las sillas destinadas al descanso deberán estar ubicadas en áreas específicas del centro de trabajo.

  • Se prohíbe obligar al personal a permanecer de pie durante toda la jornada, o negarles el derecho a sentarse periódicamente.

  • El Reglamento Interior de Trabajo deberá incorporar estas disposiciones, incluyendo horarios de descanso y normas sobre uso de asientos.


¿Cuándo debe cumplirse?


  • La reforma entra en vigor el 17 de junio de 2025.

  • Las empresas tendrán un plazo de 180 días posteriores a esa fecha para adecuar sus reglamentos y condiciones de trabajo.

  • La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá emitir normas técnicas complementarias sobre factores de riesgo ergonómicos dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor.

¿Qué deben hacer las empresas?


Las nuevas disposiciones requieren acción inmediata y planificada. Recomendamos:


  1. Realizar un diagnóstico ergonómico para identificar áreas y funciones aplicables.

  2. Adquirir sillas con respaldo y diseñar áreas de descanso acordes al giro y espacio físico del centro de trabajo.

  3. Modificar el Reglamento Interior de Trabajo, en cumplimiento con las nuevas obligaciones.

  4. Capacitar al personal operativo y mandos medios sobre los derechos derivados de la reforma.

  5. Generar evidencia documental del cumplimiento, útil ante inspecciones laborales.


Implicaciones jurídicas del incumplimiento


No cumplir con estas disposiciones puede generar consecuencias como:


  • Multas económicas por parte de la autoridad laboral.

  • Riesgo de inspecciones extraordinarias o denuncias individuales.

  • Acciones colectivas o sindicales basadas en violaciones a derechos ergonómicos.

  • Afectación reputacional en sectores sensibles como retail o atención al cliente.


Más que cumplimiento: una reforma con impacto estructural


La reforma conocida como "Ley Silla" no es un gesto simbólico. Es una respuesta normativa a una práctica común: jornadas prolongadas sin condiciones mínimas de descanso postural. Incorporar estas medidas no sólo evita sanciones, sino que contribuye a crear un entorno de trabajo más digno, eficiente y conforme a estándares internacionales de salud laboral.


¿Tu empresa está lista para implementar esta reforma?En nuestro despacho brindamos asesoría jurídica integral para el cumplimiento de esta y otras reformas laborales. Podemos ayudarte a adaptar tus políticas, actualizar tu reglamento interior de trabajo y preparar a tu organización para esta nueva etapa.


Mariano Pérez

Abogado

 
 
 

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